La iniciativa, presentada por un grupo de diputados encabezado por José Pablo Mba Owono Aviri e integrado por Bernardo Abaga Ndong, José Emilio Ndong Mesie Nsue y Valentín Nzambia Eyenga, busca dotar al Tribunal de Cuentas de un marco normativo que regule su funcionamiento y le permita ejercer con mayor eficacia las atribuciones que le reconoce la Ley Fundamental.

Los portavoces de los dos grupos parlamentarios representados en la Cámara han coincidido en la necesidad de estudiar la propuesta en comisión, al considerar que el Tribunal de Cuentas requiere una herramienta jurídica que facilite el cumplimiento de sus funciones de control y fiscalización de los recursos públicos.
La iniciativa pretende contribuir a garantizar un manejo transparente de los recursos del Estado y reforzar los mecanismos institucionales de prevención y lucha contra la corrupción, considerada uno de los obstáculos para la inversión extranjera y el desarrollo económico.
La proposición de ley llega al Pleno después de haber cumplido el procedimiento establecido en el Reglamento Interno de la Cámara de los Diputados. Conforme a los artículos 115 y 116, las proposiciones de ley promovidas por los parlamentarios son depositadas en la Mesa de la Cámara y posteriormente remitidas al Gobierno para recabar su dictamen.
En este caso, transcurrido el plazo reglamentario sin que el Ejecutivo haya expresado su negativa a la tramitación de la iniciativa, la Mesa de la Cámara ha considerado que la proposición reúne las condiciones para ser incluida en el orden del día del Pleno.
El artículo 117 del Reglamento Interno establece que, una vez transcurridos quince días desde la recepción de la iniciativa por el Gobierno sin que este haya negado expresamente su conformidad a la tramitación, la proposición de ley queda en condiciones de ser incluida en el orden del día para su toma en consideración.
La inclusión de esta iniciativa en el actual periodo de sesiones parlamentarias ya había sido aprobada por unanimidad por los dos grupos parlamentarios durante la sesión plenaria del pasado 5 de agosto.
El fundamento constitucional de la iniciativa se encuentra en el artículo 68 de la Ley Fundamental, que atribuye la iniciativa legislativa al Presidente de la República en Consejo de Ministros y a los diputados y senadores, en la forma establecida por la ley. Por su parte, el artículo 118 contempla las atribuciones del Tribunal de Cuentas y el artículo 121 prevé que una ley determine la forma en que este órgano ejercerá dichas competencias.
Fuente: Dirección General de Prensa de la Cámara de los Diputados






